Cámaras corporales y GDPR: Aspectos esenciales del cumplimiento y orientaciones del sector

Las cámaras corporales están cada vez más extendidas en diversos sectores, como los cuerpos de seguridad, la seguridad privada, el transporte público y el comercio minorista. Aunque valiosas para la transparencia y la seguridad, las cámaras corporales deben utilizarse de conformidad con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). para salvaguardar el derecho a la intimidad de las personas. Este blog resume qué es permitidos y no permitidos en relación con rodaje con cámaras corporales, tratamiento de datos y procedimientos de manipulación en virtud del GDPR. 

 

 

 

 

 

Cámaras corporales ZEPCAM redondas abajo

Filmar con cámaras corporales: ¿Qué está permitido?

El RGPD exige una base jurídica para el tratamiento de datos personales. En el caso de las cámaras corporales, esto suele incluir:

  • Base jurídica del tratamiento: El GDPR exige una base jurídica para el tratamiento de datos personales. Para las cámaras corporales, esto suele incluir: 
  • Tarea pública: Las fuerzas del orden pueden utilizar las cámaras corporales como parte de su deber de seguridad pública (Art. 6 GDPR). 
  • Intereses legítimos: La seguridad privada u otros sectores pueden utilizar las cámaras corporales por intereses legítimos como la prevención de delitos o la seguridad del personal (Art. 6 GDPR). 

Uso comercial:

Los principios expuestos anteriormente se aplican a la utilización de cámaras corporales en diversos sectores comerciales, pero con algunas consideraciones:

  • Base jurídica:
    • Seguridad privada: Los intereses legítimos (por ejemplo, prevenir robos, disuadir actividades delictivas) son la base legal más probable para las empresas de seguridad privada (Art. 6 GDPR).
    • Transporte público: Los operadores de transporte público deben sopesar los beneficios (por ejemplo, disuasión de la delincuencia, seguridad de los pasajeros) frente a la privacidad de los pasajeros. La transparencia y una señalización clara son cruciales.
    • Venta al por menor: La justificación del uso de cámaras corporales debe estudiarse detenidamente. Hay que sopesar las ventajas (por ejemplo, evitar los hurtos) y el derecho a la intimidad de los clientes y el personal. En algunas situaciones puede ser necesario el consentimiento, en función de la normativa local sobre grabación.
  • Transparencia y notificación: Sea franco sobre el uso de cámaras corporales mediante carteles, anuncios públicos o personal que informe a los clientes de cuándo es necesario grabar (teniendo en cuenta la normativa local sobre grabación de conversaciones).
  • Limitación de la finalidad: Las grabaciones sólo deben utilizarse para fines específicos durante su recopilación. Por ejemplo, las grabaciones de seguridad en el sector minorista no pueden utilizarse para elaborar perfiles de clientes sin un consentimiento específico (art. 5 del RGPD).

Filmar con cámaras corporales: ¿Qué no está permitido? 

  • Grabación excesiva: La grabación debe ser proporcionada y no excesiva. La grabación continua en áreas con una expectativa razonable de privacidad (baños, oficinas privadas) está generalmente prohibida a menos que existan circunstancias excepcionales (Art. 35 GDPR). 
  • Uso ilegal de imágenes: No está permitido utilizar las grabaciones para fines distintos de los originalmente previstos y comunicados a los interesados. Esto incluye compartir las imágenes con terceros no autorizados o utilizarlas para fines comerciales sin consentimiento explícito (Art. 6 GDPR). 
  • Vulneración de los derechos del interesado: Ignorar las solicitudes de las personas en relación con sus derechos sobre los datos, como el acceso, la rectificación o la supresión de sus datos personales captados por las cámaras corporales, infringe el GDPR (Artículos 15 a 22 del RGPD). 

Tratamiento y procedimientos de las grabaciones de las cámaras corporales 

  • Evaluación de impacto de la protección de datos (EIPD): Antes de implantar las cámaras corporales, realice una DPIA para evaluar los posibles efectos sobre la privacidad y determinar medidas paliativas (Art. 35 GDPR). 
  • Minimización y almacenamiento de datos: Conserve únicamente las secuencias necesarias y almacénelas de forma segura con acceso restringido al personal autorizado. Defina y justifique un periodo de conservación claro con la eliminación rutinaria de las grabaciones obsoletas (Art. 5 GDPR). 
  • Medidas de seguridad: Aplique medidas de seguridad sólidas para proteger las grabaciones de accesos no autorizados, alteraciones o pérdidas. Esto incluye el cifrado, soluciones de almacenamiento seguras y auditorías periódicas de los registros de acceso (Art. 32 GDPR). 

Derechos del interesado 

  • Solicitudes de acceso: Facilite copias de las secuencias a las personas que lo soliciten, salvo que se apliquen exenciones (Art. 15 GDPR). 
  • Rectificación y supresión: Las personas tienen derecho a solicitar la rectificación de los datos personales inexactos capturados en las cámaras corporales y la supresión de sus datos cuando ya no sean necesarios para el propósito original (Artículos 16 y 17 del RGPD). Esto podría aplicarse a situaciones en las que alguien es captado por error en una grabación o si la grabación ya no es relevante para una investigación. 

Formación y sensibilización 

 El personal que utilice cámaras corporales debe recibir formación sobre los requisitos del RGPD, las políticas de cámaras corporales de la organización y los procedimientos para gestionar las solicitudes de los interesados (Artículos 24 y 82 del RGPD). La formación debe abarcar: 

  • Cuándo y cómo utilizar las cámaras corporales 
  • Principios de protección de datos 
  • Derechos del interesado 
  • Políticas de minimización y conservación de datos 
  • Manipulación y almacenamiento adecuados de las secuencias 
  • Respuesta a las solicitudes de los interesados 

Garantizar el cumplimiento del GDPR con las soluciones de cámaras corporales ZEPCAM 

Como organización europea que utiliza tecnología europea, ZEPCAM proporciona una solución de cámara corporal segura que se adhiere estrictamente a GDPR y evita riesgos legales internacionales como la Ley CLOUD y la FISA. Con la certificación ISO 27001, ZEPCAM garantiza la máxima protección y privacidad de los datos. Póngase en contacto con nosotros para obtener un sistema de cámaras corporales seguro y conforme a las normas que cumpla las normas europeas sobre privacidad. Nuestros expertos están a su disposición para proporcionarle la orientación necesaria para garantizar que su organización cumpla la normativa y, al mismo tiempo, aproveche al máximo las ventajas de las cámaras corporales para la seguridad, la transparencia y la protección. 

Descargo de responsabilidad 

Esta entrada del blog ofrece un resumen de Requisitos del GDPR pertinentes para el uso de cámaras corporales. Las organizaciones deben consultar directamente la legislación del RGPD y buscar asesoramiento jurídico adaptado a sus circunstancias específicas para un cumplimiento preciso. Además, es fundamental comprobar las leyes nacionales y locales, que pueden imponer requisitos o restricciones adicionales. Las orientaciones que aquí se ofrecen tienen por objeto interpretar los principios del RGPD para ayudar a su comprensión y aplicación práctica, garantizando que el uso de cámaras corporales se ajuste a las normas reglamentarias y respete los derechos de privacidad de las personas.  

Kommunaler ordnungsdienst bodycams

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